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Un espacio para conocer y entender nuestras bases legales en un solo lugar. Sin textos chicos para que disfrutes de tu movilidad.

Política de tratamiento de datos

BASE LEGAL Y ÁMBITO DE APLICACIÓN 

 La presente política será aplicable a todos los Datos Personales registrados en bases de datos que sean objeto de Tratamiento por el Responsable del Tratamiento y se desarrolla en cumplimiento de los artículos 15 y 20 de la Constitución Política; de los artículos 17 literal k) y 18 literal f) de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la Protección de Datos Personales (LEPD); del artículo 2.2.2.25.1.1 sección 1 capítulo 25 del Decreto 1074 de 2015, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012 (Artículo 13 del Decreto 1377 de 2013). 

DEFINICIONES 

Las siguientes definiciones se encuentran establecidas en el artículo 3 de la LEPD y artículo 2.2.2.25.1.3 sección 1 Capitulo 25 del decreto 1074 de 2015 (Artículo 3 del decreto 1377 de 2013). 

Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de Datos Personales. 

Aviso de Privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el Responsable, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus Datos Personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los Datos Personales. 

Base de Datos: Conjunto organizado de Datos Personales que sea objeto de Tratamiento. 

Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables. 

Dato Público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o del servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales, sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva. 

Dato Semiprivado: Es aquel que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no sólo a su Titular sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general, como son: Bases de datos que contengan Información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países. 

Dato Privado: Es un Dato Personal que por su naturaleza íntima o reservada solo interesa a su Titular y para su Tratamiento requiere de su Autorización previa, informada y expresa. Bases de datos que contengan datos como números telefónicos y correos electrónicos personales; datos laborales, sobre infracciones administrativas o penales, administrados por administraciones tributarias, entidades financieras y entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, bases de datos sobre solvencia patrimonial o de crédito, bases de datos con información suficiente para evaluar la personalidad del Titular, bases de datos de los responsables de operadores que presten servicios de comunicación electrónica. 

Dato Sensible: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos. 

Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de Datos Personales por cuenta del responsable del Tratamiento. 

Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la Base de Datos y/o el Tratamiento de los datos. 

Responsable de Administrar las Bases de Datos: Colaborador encargado de controlar y coordinar la adecuada aplicación de las políticas del Tratamiento de los datos una vez almacenados en una base datos especifica; así como de poner en práctica las directrices que dicte el Responsable del Tratamiento y el Oficial de Protección de datos. 

Oficial de Protección de Datos: Es la persona natural que asume la función de coordinar la implementación del marco legal en protección de Datos Personales, que dará trámite a las solicitudes de los Titulares, para el ejercicio de los derechos a que se refiere la Ley 1581 de 2012. 

TitularPersona natural cuyos Datos Personales sean objeto de Tratamiento. 

Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre Datos Personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión. 

TransferenciaLa Transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del Tratamiento de Datos Personales, ubicado en Colombia, envía la información o los Datos Personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país. 

TransmisiónTratamiento de Datos Personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento determinado por el encargado por cuenta del responsable. 

 

PRINCIPIOS DE LA PROTECCIÓN DE DATOS 

El artículo 4 de la LEPD establece principios para el Tratamiento de Datos Personales que se han de aplicar, de manera armónica e integral, en el desarrollo, interpretación y aplicación de la Ley. Los principios legales de la protección de datos son los siguientes: 

Principio de LegalidadEl Tratamiento de los datos es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en la LEPD, el Decreto 1377 de 2013 Compilado en el Capítulo 25 del Decreto 1074 de 2015 y en las demás disposiciones que la desarrollen. 

Principio de FinalidadEl Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular. 

Principio de Libertad: El Tratamiento solo puede ejercerse con el consentimiento previo, expreso e informado del Titular. Los Datos Personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa Autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que revele el consentimiento. El Tratamiento de los datos requiere la Autorización previa e informada del Titular por cualquier medio que permita ser consultado con posterioridad. 

Principio de veracidad o Calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error. 

Principio de TransparenciaEn el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan. En el momento de solicitar la Autorización al Titular, el responsable del Tratamiento deberá informarle de manera clara y expresa lo siguiente, conservando prueba del cumplimiento de este deber: 

  • El Tratamiento al cual será sometidos sus datos y la finalidad del mismo. 
  • El carácter facultativo de la respuesta del Titular a las preguntas que le sean hechas cuando éstas traten sobre datos sensibles o sobre datos de niños, niñas o adolescentes. 
  • Los derechos que le asisten como Titular. 
  • La identificación, dirección física, correo electrónico y teléfono del responsable del Tratamiento. 

Principio de acceso y circulación RestringidaEl Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los Datos Personales, de las disposiciones de la LEPD y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento solo podrá hacerse por personas autorizadas por el Titular y/o por las personas previstas en la Ley. Los Datos Personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet y otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido solo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la Ley. 

Principio de SeguridadLa información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. El Responsable del Tratamiento tiene la responsabilidad de implantar las medidas de seguridad correspondientes y de ponerlas en conocimiento de todo el personal que tenga acceso, directo o indirecto, a los datos. Los usuarios que accedan a los sistemas de información del Responsable del Tratamiento deben conocer y cumplir con las normas y medidas de seguridad que correspondan a sus funciones. Estas normas y medidas de seguridad se recogen en el Manual Interno de Seguridad, de obligado cumplimiento para todo usuario y personal de la empresa. Cualquier modificación de las normas y medidas en materia de seguridad de Datos Personales por parte del responsable del Tratamiento ha de ser puesta en conocimiento de los usuarios. 

Principio de confidencialidadTodas las personas que intervengan en el Tratamiento de Datos Personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo solo realizar suministro o comunicación de Datos Personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la LEPD y en los términos de la misma. 

 

AUTORIZACIÓN DE LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO 

De acuerdo al artículo 9 de la LEPD, para el Tratamiento de Datos Personales se requiere la Autorización previa e informada del Titular. Mediante la aceptación de la presente política, todo Titular que facilite información relativa a sus Datos Personales está consintiendo el Tratamiento de sus datos por parte de DOS R MOVILIDAD S.A.S (en adelante DOS R”) en los términos y condiciones recogidos en la misma. 

 No será necesaria la Autorización del Titular cuando se trate de: 

  1. Información requerida por una entidad pública o administrativa en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial. 
  2. Datos de naturaleza pública. 
  3. Casos de urgencia médica o sanitaria. 
  4. Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos. 
  5. Datos relacionados con el Registro Civil de las personas. 

 Sin perjuicio de lo anterior, DOS R solicitará, con antelación y/o al momento de efectuar la recolección del Dato Personal, al Titular del dato su Autorización para efectuar su recolección y Tratamiento, indicando la finalidad para la cual se solicita el dato, utilizando para esos efectos medios técnicos automatizados, escritos u orales, que permitan conservar prueba de la Autorización y/o de la conducta inequívoca descrita en el artículo 2.2.2.25.2.2. sección 2 del capítulo 25 del Decreto 1074 de 2015 (Artículo 7 del Decreto 1377 de 2013). 

 

RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO 

El responsable del Tratamiento de las bases de datos objeto de esta política es DOS R MOVILIDAD S.A.S, cuyos datos de contacto son los siguientes: 

Dirección: CLLE 43 A #1 SUR – 188 OF 911, Medellín, Antioquia
Correo electrónico: protecciondatos@dosr.co
Teléfono: 3183646563 

El área jurídica de DOS R será la encargada de atender las peticiones, consultas y reclamos del Titular de los datos, se acuerdo con el procedimiento establecido en el numeral 8. 

 

TRATAMIENTO Y FINALIDAD DE LOS DATOS 

DOS R en el desarrollo de su actividad empresarial y por considerarlo necesario e inherente para el cumplimiento de la ley, el funcionamiento de la operación financiera, el ofrecimiento y la administración de productos, solicita, captura, trata, procesa, transfiere, consulta, reporta, verifica, digitaliza y almacena datos relativos a personas naturales que están contenidos en sus bases de datoscon las finalidades que a continuación se relacionan:   

  1. Consultar, suministrar, almacenar, reportar y modificar ante las centrales de riesgo información sobre mi comportamiento crediticio y resolver reclamos ante tales entidades.  
  2. Compartir y divulgar Datos Personales a las personas naturales o jurídicas Nacionales o Internacionales, que tengan o llegaren a tener alguna relación comercial y/o contractual con Dos R; a los aliados estratégicos, los cuales tendrán las mismas autorizaciones y finalidades aquí descritas para el Tratamiento de los Datos Personales y; a las autoridades administrativas cuando lo soliciten. 
  3. Surtir la notificación previa al reporte negativo ante las centrales de riesgo, a través de cualquier mensaje de datos, incluyendo sin limitarse al correo electrónico, mensajes de texto y/o mensajería instantánea. 
  4. Realizar visitas comerciales en residencias y/o lugar de trabajo, tomar fotografías o realizar videos de ser necesario con el fin, de verificar la información suministrada.  
  5. Realizar gestión comercial y de mercadeo por cualquier medio, aún después de terminada la relación comercial, hasta tanto se solicite expresamente la revocación de la Autorización. 
  6. Conservar actualizada la información de contacto, con el fin de hacer posible la localización del Titular de la información, en caso de ser requerido por la compañía. 
  7. Acceder a bases de datos de terceros con el fin de obtener información relacionada sobre mis ingresos laborales y no laborables, actualizar dicha información y acceder a los datos de mi empleador. 
  8. Consultar multas y sanciones a cargo del Titular de la información ante las diferentes autoridades administrativas y judiciales.  
  9. Consultar, solicitar o verificar la información de ubicación o contacto en entidades públicas o privadas, del Titular de la información. 
  10. Realizar monitoreo utilizando los sistemas de geolocalización (GPS) instalados en los Vehículos objeto de alquiler. 
  11. Enviar notificaciones, comunicaciones y mensajes a través de medios físicos y/o electrónicos relacionados con las actividades, productos y servicios que Dos R o sus aliados comerciales ofrecen. 
  12. Análisis de datos de encuestas y sus resultados, programas y estrategias de marketing y gestión de ventas con o sin fines estadísticos, investigativos, comerciales o actuariales. 
  13. Cumplimiento de normatividad del sector en Colombia o en los países en donde Dos R tenga filiales o aliados comerciales o estratégicos. 
  14. Aspectos relacionados con la prestación de servicios postventa. 
  15. En general para cualquier aspecto propio de la operación comercial y empresarial de Dos R 

 

TRATAMIENTO DE DATOS DE MENORES 

De acuerdo con el artículo 7° de la Ley 1581 de 2012, el Tratamiento de Datos Personales de niños, niñas y adolescentes está prohibido, salvo lo dispuesto en el artículo 2.2.2.25.2.9 sección 2 del capítulo 25 del Decreto 1074 de 2015 (Artículo 12 del Decreto 1377 de 2013) y en cumplimiento de los siguientes parámetros y requisitos: 

  1. Que responda y respete el interés superior de los niños, niñas y adolescentes. 
  2. Que se asegure el respeto de sus derechos fundamentales.

Cumplidos los anteriores requisitos, DOS R solicitará al representante legal del niño, niña o adolescente la Autorización previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto. El Responsable y Encargado involucrado en el Tratamiento de los Datos Personales de niños, niñas y adolescentes, deberá velar por el uso adecuado de los mismos, aplicando los principios y obligaciones establecidos en la Ley 1581 de 2012 y normas reglamentarias. 

 

DERECHOS DE LOS TITULARES 

De acuerdo con el artículo 8 de la LEPD, articulo 2.2.2.25.4.1 sección 4 capítulo 25 del Decreto 1074 de 2015 (Artículos 21 y 22 del Decreto 1377 de 2013), los Titulares de los datos pueden ejercer una serie de derechos con relación al Tratamiento de sus Datos Personales. Estos derechos podrán ejercerse por las siguientes personas. 

  1. Por el Titular, quién deberá acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que ponga a disposición el Responsable. 
  2. Por sus causahabientes, quienes deberán acreditar tal calidad. 
  3. Por el representante y/o apoderado del Titular, previa acreditación de la representación o apoderamiento. 
  4. Por estipulación a favor de otro y para otro. 

 Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos. 

 Los derechos del Titular son los siguientes: 

 Derecho de acceso o consultaSe trata del derecho del Titular a ser informado por el Responsable del Tratamiento, previa solicitud, respecto al origen, uso y finalidad que les han dado a sus Datos Personales. 

Derechos de quejas y reclamos: La Ley distingue cuatro tipos de reclamos: 

  • Reclamo de corrección: Es el derecho del Titular a que se actualicen, rectifiquen o modifiquen aquellos datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado. 
  • Reclamo de supresión: Es el derecho del Titular a que se supriman los datos que resulten inadecuados, excesivos o que no respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. 
  • Reclamo de revocación: Es el derecho del Titular a dejar sin efecto la Autorización previamente prestada para el Tratamiento de sus Datos Personales. 
  • Reclamo de infracción: Es el derecho del Titular a solicitar que se subsane el incumplimiento de la normativa en materia de Protección de Datos. 

Derecho a solicitar pruebaEl Titular tiene derecho a que se entregue prueba de la Autorización otorgada al Responsable del Tratamiento, Salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la LEPD. 

Derecho a presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infraccionesEl Titular o causahabiente solo podrá elevar ante la SIC – Superintendencia de Industria y Comercio la petición (queja), una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento. 

 

PROCEDIMIENTOS PARA EJERCER LOS DERECHOS DEL TITULAR 

Derecho de acceso o consulta y/o solicitudSegún el artículo 2.2.2.25.4.2. sección 4 capítulo 25 del Decreto 1074 de 2015 (Artículo 21 del Decreto 1377 de 2013), el Titular podrá consultar de forma gratuita sus Datos Personales en dos casos: 

  • Al menos una vez cada mes calendario. 
  • Cada vez que existan modificaciones sustanciales de las políticas de Tratamiento de la información que motiven nuevas consultas. 

 Para consultas cuya periodicidad sea mayor a una por cada mes calendario, DOS R podrá cobrar al Titular los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos. Los costos de reproducción no podrán ser mayores a los costos de recuperación del material correspondiente.  

El Titular de los datos puede ejercitar el derecho de acceso o consulta de sus datos mediante un escrito dirigido a DOS R enviado, mediante correo electrónico a protecciondatos@dosr.co, indicando en el Asunto “Ejercicio del derecho de acceso o consulta”, o a través de correo postal remitido a CLLE 43 A #1 SUR – 188 O OF 911, MEDELLÍN, ANTIOQUIA. La solicitud deberá contener los siguientes datos: 

  • Nombre y apellidos del Titular. 
  • Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Titular y, en su caso, de la persona que lo representa, así como del documento acreditativo de tal representación. 
  • Petición en que se concreta la solicitud de acceso o consulta. 
  • Dirección para notificaciones, fecha y firma del solicitante. 
  • Documentos acreditativos de la petición formulada, cuando corresponda. 

El Titular podrá elegir una de las siguientes formas de consulta de la Base de Datos para recibir la información solicitada: 

  1. Por escrito, con copia o fotocopia remitida por correo certificado o no. 
  2. Correo electrónico u otro medio electrónico. 
  3. Otro sistema adecuado a la configuración de la Base de Datos o a la naturaleza del Tratamiento, ofrecido por DOS R  

Una vez recibida la solicitud, DOS R resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de diez 

(10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término, de acuerdo con los plazos fijados en el artículo 14 de la LEPD. 

Una vez agotado el trámite de consulta, el Titular o causahabiente podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio. 

Derechos de quejas y reclamosEl Titular de los datos puede ejercitar los derechos de reclamo sobre sus datos mediante un escrito dirigido a DOS R, enviando su solicitud al correo electrónico protecciondatos@dosr.co, indicando en el Asunto “Ejercicio del derecho de acceso o consulta”, o a través de correo postal remitido a CLLE 43 A #1 SUR – 188 O OF 911, MEDELLÍN, ANTIOQUIA. La solicitud deberá contener los siguientes datos: 

  • Nombre y apellidos del Titular. 
  • Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del Titular y, en su caso, de la persona que lo representa, así como del documento acreditativo de tal representación. 
  • Descripción de los hechos y petición en que se concreta la solicitud de corrección, supresión, revocación o infracción. 
  • Dirección para notificaciones, fecha y firma del solicitante. 
  • Documentos acreditativos de la petición formulada que se quieran hacer valer, cuando corresponda. 

Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo. 

Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la Base de Datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido. 

DOS R resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender al reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término. 

Una vez agotado el trámite de reclamo, el Titular o causahabiente podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio. 

 

MEDIDAS DE SEGURIDAD. 

DOS R con el fin de cumplir con el principio de seguridad consagrado en el artículo 4 literal g) de la LEPD, ha implementado medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para garantizar la seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. 

Así mismo, mediante la suscripción de los correspondientes contratos de Transmisión, Dos R ha requerido a los encargados del Tratamiento con los que trabaje la implementación de las medidas de seguridad necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de la información en el Tratamiento de los Datos Personales. 

 

PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN, GESTIÓN Y RESPUESTA ANTE INCIDENCIAS. 

DOS R establece el siguiente procedimiento de notificación, gestión y respuesta de incidencias con el fin de garantizar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información contenida en las bases de datos que están bajo su responsabilidad: 

  1. Cuando una persona tenga conocimiento de una incidencia (perdida, hurto y/o acceso no autorizado) que afecte  o pueda afectar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información protegida de la empresa o alguno de los Encargados deberá comunicarlo, de manera inmediata, al Oficial de Protección de Datos, describiendo detalladamente el tipo de incidencia producida, e indicando las personas que hayan podido tener relación con la incidencia, la fecha y hora en que se ha producido, la persona que notifica la incidencia, la  persona a quién se le comunica y los efectos que ha producido. 
  2. El Oficial de Protección de Datos emitirá un acuse de recibo en el que conste la notificación de la incidencia con todos los requisitos enumerados anteriormente. 
  3. DOS R tendrá un registro de incidencias que debe contener: el tipo de incidencia (Fraude Interno o externo, Daños a activos físicos, Fallas tecnológicas, Ejecución y administración de procesos), fecha y hora de esta, persona que la notifica, persona a la que se le comunica, efectos de la incidencia y medidas correctoras cuando corresponda.  
  4. DOS R implementará los procedimientos para la recuperación de los datos cuando aplique, indicando quien ejecuta el proceso, los datos restaurados y, en su caso, los datos que han requerido ser grabados manualmente en el proceso de recuperación. 
  5. Adicional, el Oficial de Protección de Datos informará a la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante el RNBD dentro de los 15 días hábiles siguientes de haber sido detectado. 
  6. DOS R MOVILIDAD S.A.S notificará del incidente a los Titulares, cuando se identifique que puedan verse afectados de manera significativa. 

 

TRANSFERENCIA DE DATOS A TERCEROS PAÍSES. 

De acuerdo con el Título VIII de la LEPD, se prohíbe la Transferencia de Datos Personales a países que no proporcionen niveles adecuados de protección de datos. Se entiende que un país ofrece un nivel adecuado de protección de datos cuando cumpla con los estándares fijados por la Superintendencia de Industria y Comercio sobre la materia, los cuales en ningún caso podrán ser inferiores a los que la presente ley exige a sus destinatarios. Esta prohibición no regirá cuando se trate de: 

  • Información respecto de la cual el Titular haya otorgado su Autorización expresa e inequívoca para la Transferencia. 
  • Intercambio de datos de carácter médico, cuando así lo exija el Tratamiento del Titular por razones de salud o higiene pública. 
  • Transferencias bancarias o bursátiles, conforme a la legislación que les resulte aplicable. 
  • Transferencias acordadas en el marco de tratados internacionales en los cuales la República de Colombia sea parte, con fundamento en el principio de reciprocidad. 
  • Transferencias necesarias para la ejecución de un contrato entre el Titular y el responsable del Tratamiento, o para la ejecución de medidas precontractuales siempre y cuando se cuente con la Autorización del Titular. 
  • Transferencias legalmente exigidas para la salvaguardia del interés público, o para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial. 

Las transmisiones internacionales de Datos Personales que se efectúen entre DOS R y un encargado para permitir que el encargado realice el Tratamiento por cuenta del responsable, no requerirán ser informadas al Titular ni contar con su consentimiento, siempre que exista un contrato de Transmisión de Datos Personales. 

 

TRATAMIENTO DE DATOS BIOMÉTRICOS. 

Los datos biométricos que llegaren a ser almacenados en las bases de datos serán recolectados y tratados por motivos estrictamente de seguridad, para verificar la identidad personal y realizar control de acceso a los empleados, clientes y visitantes, así como el monitoreo de los activos de la compañía. Los mecanismos biométricos de identificación capturan, procesan y almacenan información relacionada con, entre otros, los rasgos físicos de las personas (las huellas dactilares, reconocimiento de voz y los aspectos faciales), para poder establecer o “autenticar” la identidad de cada sujeto. 

La administración de las bases de datos biométrica se ejecuta con medidas de seguridad técnicas que garantizan el debido cumplimiento de los principios y las obligaciones derivadas de Ley Estatutaria en Protección de Datos asegurando además la confidencialidad y reserva de la información de los Titulares. 

 VIGENCIA. 

Las bases de datos responsabilidad de DOS R serán objeto de Tratamiento durante el tiempo que sea razonable y necesario para la finalidad para la cual son recabados los datos. Una vez cumplida la finalidad o finalidades del Tratamiento, y sin perjuicio de normas legales que dispongan lo contrario. DOS R procederá a la supresión de los Datos Personales en su posesión salvo que exista una obligación legal o contractual que requiera su conservación. Por todo ello, dicha Base de Datos ha sido creada sin un periodo de vigencia definido. “La presente política de Tratamiento permanece vigente desde 2020-08-18.” 

 

Política de gestión de cobranza

DosR Movilidad S.A.S, en adelante “DosR” o “la Compañía”, agradece que Ud. lo haya elegido para hacer realidad el sueño de tener una motocicleta mediante la adquisición de un crédito. Es por esto que la Compañía se compromete con Ud. haciéndole un acompañamiento a lo largo del crédito y brindándole asesorías de manera permanente sobre las condiciones del crédito; esto con el fin de proporcionarle la información para entender el funcionamiento del préstamo, la importancia de un buen comportamiento crediticio y para construir conjuntamente un buen historial que le permita acceder a nuevos préstamos con diferentes entidades financieras. 

En cumplimiento de lo consagrado en el contrato de crédito, DosR a continuación da conocer su Política de Gestión de Cobranza. 

Recordación de pago 

DosR con el propósito de permitir que se cumpla de manera oportuna con los compromisos adquiridos, estará dispuesto a contactar a sus clientes a través de diversos medios de comunicación para recordar e informar la fecha límite para realizar el próximo pago, los medios de pago disponibles, la forma de acceder y de utilizar cada uno de ellos, con la finalidad de que no se presenten situaciones que de una manera u otra puedan generar mora en el pago de las cuotas. 

Acuerdo de pago y/o reestructuran del crédito 

DosR estará dispuesto a escuchar al cliente cuando haya una dificultad para realizar el pago oportuno de las cuotas pactadas al inicio del crédito. La Compañía, ha desarrollado dos instrumentos para permitirle al cliente estar al día con su obligación: acuerdos de pagos y restructuración del crédito. Estos instrumentos buscan atender el cambio o dificultad por el que el cliente este pasando con la finalidad de evitar que incurra en mora o que siga en situación de mora, esto pensando siempre en seguir cumpliendo su sueño y hacerlo realidad. DosR autoriza a las áreas, personas y/o entidades externas, en adelante “Equipo Negociador” que a continuación se mencionan, para que en cualquier etapa del crédito puedan llevar a cabo negociaciones con el cliente (acuerdos de pago y/o restructuraciones) sobre el crédito, conforme a las políticas establecidas por la Compañía para tal fin. Equipo Negociador: Gestores de DosR — visitas personalizadas, Asesores comerciales, Call Center de DosR, Cali Center S.A. —Intercobros, Prisma Direct S.A.S., Andes BPO 

Gestión de cobranza prejurídica 

DosR con la intención de obtener el cumplimiento de la obligación crediticia cuando los clientes se encuentren en situación de mora, procederá a informarle al cliente mediante el Equipo Negociador la altura de mora que reporta su crédito con el propósito de obtener el pago de los valores vencidos. El equipo negociador se comunicará con el cliente por medio de los siguientes canales de comunicación: comunicación escrita, llamadas telefónicas, mensajes de voz y de texto, visitas personalizadas y cualquier otro medio que la compañía considere necesario, en un horario de lunes a sábado de 7 a.m. a 9 p.m. En caso de no lograr una comunicación directa se dejará constancia de este hecho y extenderá el horario de visitas y llamadas previsto anteriormente hasta los días domingos y festivos. 

Gastos de cobranza 

La gestión de cobranza genera unos costos extra para la Compañía, toda vez que requiere el uso de recursos adicionales para el despliegue de las distintas acciones, estos gastos se trasladan al cliente para el cual se tienen que desplegar tales gestiones en razón de la mora. 

El valor de los gastos de cobranza se determinará con base en los días consecutivos de mora que presenta la obligación y en el saldo efectivamente recaudado en consideración a los porcentajes vigentes que se muestran en el siguiente cuadro: 

Días en mora / Gestión de cobranza (%) 

  • Entre 1 y 30 días               4% 
  • Entre 31 y 60 días            8% 
  • Entre 61 y 90 días            15% 
  • Superior a 90 días            20% 

Estos gastos se descontarán automáticamente de los pagos que realice el cliente y se constituyen como el primer cargo al que se le aplica el pago. En caso que el cliente tenga varias cuotas en mora el pago se aplicará desde la cuota más vencida hasta la más reciente. Es de suma importancia que el cliente tenga en cuenta que en caso de presentar mora debe comunicarse a la línea de atención al cliente en la cual se le informará el valor efectivamente adeudado para el día que vaya a realizar el pago. 

Canales autorizados para recibir los pagos 

Señor cliente recuerde que solo debe hacer uso de los canales autorizados, los terceros que hacen parte del Equipo Negociador no están autorizados para recibir pagos. 

Gestión de cobranza jurídica 

Luego de agotados los mecanismos para lograr el cumplimiento de la obligación, como última instancia y ante la negativa del cliente de realizar el pago de las cuotas pendientes, la Compañía acudirá a la justicia ordinaria mediante la instauración de una demanda para dar inicio a un proceso jurídico. 

El proceso jurídico implica la aceleración del plazo de la obligación lo cual se traduce en que el cliente en mora ya no podrá ponerse al día con su obligación, sino que deberá pagar a instancias del juzgado la totalidad de la deuda. 

Es nuestro deber informar que mover el aparato judicial (el proceso jurídico) genera unos gastos y honorarios que deben ser asumidos por el cliente. El pago de los honorarios debe hacerse en los canales de recaudo autorizados por DosR. 

Términos y condiciones

Alquiler sujeto a cumplimiento de requisitos definidos por dosR Movilidad S.A.S. NIT 900.955.856-0. Los vehículos se prestarán de acuerdo a disponibilidad y los precios dependen del tipo de vehículo, perfil y/o plan seleccionado. La aprobación del crédito otorgado (luego de los cuatro (4) meses) estará sujeta a las políticas de crédito y condiciones de financiación definidas por Créditos Orbe S.A.S. NIT 900.335.259-3, Las condiciones informadas por CrediOrbe dependerán del perfil crediticio de cada cliente.